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Opinión

La ampliación de mandato de los asambleístas mediante una ley es totalmente inconstitucional
Por: Roly Velarde *

LAS OPINIONES EXPRESADAS POR LOS COLABORADORES SON PROPIAS Y NO LA OPINIÓN DE KANDIRE
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El mandato constitucional de los Asambleistas (Diputados y Senadores) es de 5 años, computables desde el día de su posesión en el cargo que se realizó en un acto solemne el día 22 de enero del 2015 y ese mandato emanado del soberano concluye el día 22 de enero del 2020 (ni un día mas) así lo dispone el Art. 156 de la CPE. que textualmente dice lo siguiente:

El tiempo del mandato de las y los asambleístas es de cinco años pudiendo ser reelectas y reelectos por una sola vez de manera continua.

Entonces el pretender ampliar el mandato de los Asambleistas mediante una ley es inviable e inconstitucional, en razón a la jerarquía normativa que prevalece nuestra constitución, es decir para ampliar el mandato de los Diputados y Senadores necesariamente tendrían que reformar parcialmente la CPE empero este para que entre en vigencia necesariamente tendría que ser aprobado en un referendo constitucional aprobatorio así lo dispone el Art. 411.I de la CPE. y es imposible que hasta el 22 de enero se pueda llevar a cabo este referendo, en tal sentido también es inviable.

ENTONCES CUAL SERIA LA SALIDA CONSTITUCIONAL PARA RESOLVER EL PROBLEMA?



Como abogado penalista y analista en materia constitucional quiero indicar que hay una sola salida constitucional para resolver el problema.

El 20 de octubre se llevó a cabo las elecciones generales conforme dispone nuestra CPE y las leyes y el soberado ha dispuesto elegir en primera vuelta al presidente y vicepresidente, Diputados y Senadores, empero este proceso eleccionario ha sido bien cuestionado por la ciudadanía y con el informe de auditoría de la OEA se ha demostrado la existencia de irregularidades, ante este hecho la actual Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante la Ley de Régimen Excepcional y Transitorio, anulo el proceso eleccionario del pasado 20 de octubre, siendo que la decisión del soberado prevista en la constitución no se puede anular, lo correcto sería que Evo Morales asuma la Presidencia del Estado, pero como existe serios cuestionamientos al proceso eleccionario del pasado 20 de octubre y con la finalidad de pacificar el país y respetar el orden constitucional, hay que exigir a Evo Morales y a Álvaro García Linera que renuncien a ese nuevo periodo constitucional en el cual fueron elegidos con serios cuestionamientos (2020-2025) que con seguridad ambos no se van negar a presentarlo su renuncia de manera inmediata, en cambio los Diputados y Senadores elegidos el 20 de octubre asuman su mandato constitucional tal cual estaba previsto y una vez conformada las directivas de las cámaras el o la presidente del Senado o en su caso el presidente de la cámara de Diputados asuma la presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia de manera transitoria (90 días) conforme dispone el Art. 169.I. de la CPE quien tendrá facultades para administrar el estado durante el proceso eleccionario.

Para el restablecimiento de este orden constitucional señalado solo amerita la modificación parcial de la Ley de Régimen Excepcional y Transitorio, el cual no requiere de la modificación de nuestra CPE.


* Abog. Penalista y analista Constitucional