
Por: Iván Lima M.
LAS OPINIONES EXPRESADAS POR LOS COLABORADORES SON PROPIAS Y NO LA OPINIÓN DE KANDIRE
El expresidente Carlos Mesa ayer demostró que no entiende los mandatos de la Constitución. Por segunda vez en el tema Quiborax, se desconoce el debido proceso. Uno está tentado a creer que lo hace de buena fe, porque su asesoramiento legal está dirigido por un abogado que parece encontrar su realización en perder todos los recursos que presenta.
Quien asume la Presidencia del Estado tiene como privilegio constitucional que la Asamblea Legislativa autorice su enjuiciamiento por dos tercios de votos. La fase previa se conoce como Antejuicio, porque se trata de actos procesales no jurisdiccionales. Lo que hacen el Fiscal General y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en esta fase no tiene naturaleza jurisdiccional. Cuando la Asamblea Legislativa autoriza el inicio del juicio (bajo las leyes 44 y 612) habilita la competencia de la Sala Penal del TSJ. La cual asume funciones de Juez de Garantías y es en esa instancia que el expresidente Mesa podrá oponer sus incidentes, su ya anunciada solicitud de prescripción y todos los medios de defensa que considere oportunos. Es en ese tiempo que podrá presentar sus argumentos por debido proceso. Lo que ha hecho en sus seis memoriales y su solicitud de nulidad son actos improcedentes porque aún nadie puede enjuiciarlo ni ejercer jurisdicción.
Un segundo aspecto que el expresidente Mesa no entiende es que la Proposición Acusatoria presentada por el saliente Fiscal Ramiro Guerrero no es una imputación formal. Es por ello que el nuevo Fiscal General, durante la etapa preparatoria —si es que la Asamblea Legislativa autoriza el inicio del juicio— podrá citar a todos los “acusados por el ex Presidente Mesa”. Es bueno que se sienta como un Acusador, porque podrá serlo al igual que todos los bolivianos. En esa etapa se podría ampliar la causa contra todos los exfuncionarios que vendieron o defendieron a Bolivia.
El expresidente Carlos Mesa ayer demostró que no entiende los mandatos de la Constitución. Por segunda vez en el tema Quiborax, se desconoce el debido proceso. Uno está tentado a creer que lo hace de buena fe, porque su asesoramiento legal está dirigido por un abogado que parece encontrar su realización en perder todos los recursos que presenta.
Quien asume la Presidencia del Estado tiene como privilegio constitucional que la Asamblea Legislativa autorice su enjuiciamiento por dos tercios de votos. La fase previa se conoce como Antejuicio, porque se trata de actos procesales no jurisdiccionales. Lo que hacen el Fiscal General y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en esta fase no tiene naturaleza jurisdiccional. Cuando la Asamblea Legislativa autoriza el inicio del juicio (bajo las leyes 44 y 612) habilita la competencia de la Sala Penal del TSJ. La cual asume funciones de Juez de Garantías y es en esa instancia que el expresidente Mesa podrá oponer sus incidentes, su ya anunciada solicitud de prescripción y todos los medios de defensa que considere oportunos. Es en ese tiempo que podrá presentar sus argumentos por debido proceso. Lo que ha hecho en sus seis memoriales y su solicitud de nulidad son actos improcedentes porque aún nadie puede enjuiciarlo ni ejercer jurisdicción.
Un segundo aspecto que el expresidente Mesa no entiende es que la Proposición Acusatoria presentada por el saliente Fiscal Ramiro Guerrero no es una imputación formal. Es por ello que el nuevo Fiscal General, durante la etapa preparatoria —si es que la Asamblea Legislativa autoriza el inicio del juicio— podrá citar a todos los “acusados por el ex Presidente Mesa”. Es bueno que se sienta como un Acusador, porque podrá serlo al igual que todos los bolivianos. En esa etapa se podría ampliar la causa contra todos los exfuncionarios que vendieron o defendieron a Bolivia.
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