TCP reitera que CIDH no puede anular sentencia de reelección de Evo
El presidente del TCP, Petronilo Flores, afirmó que fueron respondidos todos los recursos presentados sobre la sentencia 084/2017 por algunos líderes políticos
El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, reiteró este jueves que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) carece de facultades para anular sentencias y resoluciones constitucionales, y reiteró que el dictamen 084/2017, de reelección del presidente Evo Morales, es de cumplimiento obligatorio.
Ceballos reiteró su posición a seis días de que la instancia internacional revise la sentencia de repostulación indefinida.De la reunión participarán la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia, la Fundación de los Derechos Humanos y el Estado de Bolivia.
"La Corte Interamericana no es una instancia de casación, la Corte interamericana no tiene facultades para anular las sentencias y las resoluciones que se emiten dentro de cualquier Estado, entonces estos son los alcances que está establecido en la Convención Americana", manifestó Ceballos.
La Misión Permanente de Bolivia ante la Organización de Estados Americanos (OEA) confirmó la audiencia que la CIDH fijó para el 5 de diciembre para tratar el tema de larepostulación, y aclaró que en ese tipo de instancias el organismo no adopta decisiones.
La audiencia forman parte del 170 Período Ordinario de Sesiones y la del caso boliviano está programada para las 14.30 del miércoles 5 de diciembre de 2018.
El Presidente del TCP, Petronilo Flores, afirmó que fueronrespondidos todos los recursos presentados sobre la sentencia 084/2017 por algunos líderes políticos.
"Eso se ha resuelto, muchas veces han intentado presentar sobre figuras inexistentes en el código procesal, pero todas las peticiones han sido resueltas; rechazadas en algunos casos con argumentación concreta", apuntó.
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