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Sala Civil declaró procedente apelación planteada por la fiscalía y mantiene arraigo de Samuel Doria Medina en el caso "Focas"

hace 6 año(s)

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La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la apelación incidental planteada por la Fiscalía General del Estado y la Procuraduría General, manteniendo firme y subsistente el arraigo que pesa sobre el imputado Samuel Doria Medina, dentro del denominado caso Focas.

Según un boletín institucional, la Fiscalía y la Procuraduría presentaron una apelación incidental contra el Auto Supremo Nº 008/2019, del 29 de enero, por el cual la Sala Penal del Tribunal Supremo había decidido dejar sin efecto el arraigo que pesaba contra el imputado, dentro del proceso de juicio de responsabilidades.

Luego de analizar la apelación, mediante Auto Supremo durante esta jornada, la Sala Civil corrigió el "errado razonamiento" y dispuso declarar procedente la apelación planteada por la Fiscalía y mantener firme y subsistente el arraigo contra Doria Medina.

Según datos del proceso, el imputado planteó la modificación de la medida preventiva sobre la base del certificado de nacimiento que acredita la edad de 60 años, lo que le permitiría ser beneficiario de los efectos de la Ley del Adulto Mayor (369).

Sin embargo, el Ministerio Público argumentó que el solo hecho de cumplir 60 años no implica, de manera automática, la modificación de las circunstancias que ameritaron la imposición de una medida cautelar.

Siempre según la nota de prensa, el argumento vinculado a la salud y vida de las personas es un elemento que no tiene similitud con el caso del imputado, pues en la decisión impugnada no se llegó a considerar afecciones de salud. Distinto es el caso del resto de los imputados que superan los 70 años de edad y que sumado a las afecciones de salud resultó preponderante para no aplicar el arraigo.

"Mediante el Auto Supremo Nº 15/2017 de 11 de febrero de 2017, se dispuso tres medidas de sustitutivas para Doria Medina; la primera es la obligación de presentarse ante dependencias del Ministerio Público en el lugar de su residencia una vez, durante la primera semana de cada mes; la segunda es la prohibición de salir del país sin autorización del Tribunal Supremo de Justicia y la tercera, una fianza económica de 200.000 bolivianos", añade la nota de prensa.///


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