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Trabajadores asalariados tienen hasta 60 días de licencia por hijos enfermos

hace 7 año(s)

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Los trabajadores que tienen hijos con cáncer gozan de una licencia especial de hasta 60 días en un año para que los atiendan. Ese beneficio está contemplado en el Decreto Supremo Nro. 3462 aprobado el 18 de enero del presente año.

La norma señala que esos asalariados percibirán el 100 por ciento de su remuneración de los días en que no asistirán a su fuente de empleo.

Mensualmente tienen un permiso especial de cinco días.



En caso de que el niño tenga un accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional severa y permanente, el padre tiene hasta 15 días continuos o discontinuos de licencia mensuales.

También pueden solicitar tres días continuos para atención después del accidente grave. 

Si el hijo del trabajador tiene la necesidad de ser intervenido quirúrgicamente para un trasplante de órgano sólido (riñón, hígado, pulmones, páncreas, córnea, corazón, hueso, tubo digestivo), el empleado gozará de un permiso de tres días antes de la cirugía, el día de la operación y 10 días posteriores a la misma. 

Si la cirugía tiene que ver con enfermedades osteoarticulares, osteoporosis y neurológicas, los permisos para la operación serán de tres días previos a la intervención, la jornada de la operación y tres posteriores a la intervención quirúrgica. 

Los padres de familia que tengan hijos con alguna enfermedad renal crónica pueden tomar una licencia de hasta dos días laborables al mes para acompañar y garantizar la atención médica de sus seres queridos. ///


 


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