CEPB rechaza que incremento salarial sea obligatorio solo para empresas privadas
Mediante un comunicado, la CEPB crítico el hecho de que el incremento sea obligatorio solo para empresas privadas.
La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) rechazó hoy la Resolución Ministerial 413/18, por la que el Ministerio de Trabajo procedió a reglamentar la aplicación del incremento salarial para la gestión 2018.
Mediante un comunicado, la CEPB crítico el hecho de que el incremento sea obligatorio solo para empresas privadas. "Para las entidades públicas, permite que la decisión de efectuar o no el incremento, quede librada a la decisión de sus autoridades, en función de la disponibilidad y sostenibilidad financiera, fijándoles además un aumento "máximo" del 5.5%", se lee en el texto.
En ese sentido, manifiesta: "Una vez más y sin ningún asidero técnico o jurídico, el Gobierno ha tomado la decisión que el incremento del haber básico en el sector privado sea sobre la base del 5.5%, y que el porcentaje final se determine en negociaciones con las organizaciones de trabajadores de las empresas, lo que las expone a exigencias o requerimientos adicionales, por parte de los trabajadores".
Por otra parte, criticó que se fijen plazos "fatales" para el pago del retroactivo y la presentación de acuerdos salariales. Esta medida, expresan, es "otra muestra de esta tendencia de ejercer el máximo nivel de presión sobre el sector productivo privado".
De acuerdo al Ministerio de Trabajo, los empleadores deben cancelar el retroactivo del alza salarial hasta el 30 de mayo "impostergablemente" y presentar las planillas que certifiquen el pago hasta el 15 de junio.
El Día del Trabajador el presidente Evo Morales promulgó el Decreto que dispone un incremento salarial básico es de 5,5 por ciento y el aumento salarial mínimo nacional del 3 por ciento es decir 2.060 bolivianos.///
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