Tarija: Dan 18 años de cárcel a papá que abusó de su hija
Luego de dos semanas de haberse instalado el juicio contra un sujeto acusado de haber abusado a su hija de 6 años, ayer concluyó el mismo, donde el imputado fue sentenciado con 18 años de privación de libertad.
El fiscal de materia, Daniel Lobos, recordó que el pasado año (2016), R. V. segun sus iniciales, descuidó a su mujer y metió a su habitación a su hija de 6 años, a la que le bajó la ropa interior y le introdujo sus dedos en la vagina causándole laceraciones en los genitales.
Ante tal hecho la madre de la víctima denunció esto a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. Posteriormente el Ministerio Público emitió una imputación en contra del sindicado por el delito de violación, luego de ser cautelado fue enviado preventivamente al penal de Morros Blancos.
Luego de un año, en los primeros días del presente mes, dio inicio el juicio para el imputado, en el cual el Ministerio Público, presentó todos los elementos de prueba para la sentencia.
Luego de hacer una valoración a las pruebas durante dos semanas, el juzgado de sentencia 2do, determinó cambiar el delito para el imputado, de violación a abuso sexual, por esta razón fue condenado con 13 años por el delito de abuso sexual, más 5 años por la gravante del caso, ya que el juez tomó en cuenta que el agresor es el padre de la víctima, dando un total de 18 años de condena.
Al respecto, el fiscal manifestó que esta determinación del juzgado de sentencia será apelada por el Ministerio Público, ya que no está de acuerdo con la modificación del delito, porque en el exámen forense que se realizó se indica que la menor sufrió lesión por los dedos o por un objeto similar a un dedo, que le causó lesiones en los labios menores, lo que le provocó una hemorragia.
Para finalizar el fiscal recordó que el artículo 308 del Código Penal boliviano determina que “el que tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo, penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines libidinosos, será sancionado con privación de libertad de veinte a veinticinco años”. Con la agravante esta pena puede llegar a 30 años.
“Respetamos el criterio del juzgador, pero no estamos de acuerdo con la determinación, claramente lo dice el artículo 308. El Ministerio Público ni la Defensoría y la familia de la víctima están conformes”, dijo el fiscal.
mg
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