Ministro Arce: "Desafió a los opositores a ganar a Morales en las urnas y rechazamos el golpe a la CPE"
El ministro de Justicia, Héctor Arce, desafió el miércoles a los opositores a ganarle al presidente Evo Morales en las elecciones generales de 2019 y rechazó un supuesto golpe a la Constitución para perpetuar al mandatario indígena, tras el fallo del máximo tribunal de la Justicia boliviana que habilitó la repostulación de autoridades nacionales.
El Secretario de la #OEA no está facultado para interpretar la Convención Americana de DDHH, falta a la verdad al mencionar que el fallo del TCP boliviano determina la perpetuación en el poder del Presidente Evo y se inmiscuye nuevamente en asuntos internos de un Estado Soberano— Hector Arce Zaconeta (@ArceZaconeta) 29 de noviembre de 2017
En una conferencia de prensa, Arce aseguró que el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) "desarrolla derechos" político electorales de "todos los ciudadanos bolivianos que pueden participar en absolutamente todos los procesos electorales que se den en el país".
"Aquí no se ha actuado en ningún sentido contra la Constitución Política del Estado (CPE), estamos en condiciones de enfrentar cualquier debate en ese sentido, ha sido una análisis riguroso, jurídico y dentro de la ciencia del Derecho", enfatizó.
Arce subrayó que nada es más democrático que asistir en igualdad de condiciones a un acto electoral, aunque los partidos políticos de oposición defiendan unas elecciones sin la presencia de Morales.
"Si tienen certeza de que pueden competir en franca lid, en igualdad de condiciones con el presidente Evo, que vayan a las elecciones. Vivimos absolutamente en un Estado democrático", remarcó.
El ministro de Justicia rechazó, además, las acusaciones del secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, respecto a la intención de perpetuar a Morales en el poder.
"Este fallo no permite ni sugiere la perpetuación en el poder de nadie ni facilita las condiciones para que ninguna persona pueda ser beneficiada. Este es un fallo que desarrolla derechos y el señor Almagro tiene que conocer nuestra Constitución antes de inmiscuirse en asunto internos de nuestro país", reprochó.
El artículo de 256 de la CPE establece que "los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución se aplicarán de manera preferente sobre esta".
El parágrafo segundo de ese mismo artículo dice "los derechos reconocidos en la Constitución serán interpretados de acuerdo a los tratados internacionales de derechos humanos cuando estos prevean normas más favorables".
La Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica de 1969, ratificado por el Estado boliviano en 1993, establece que "Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades en materia política: de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; y de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país".
También establece que "La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal".
En ese marco legal, Arce afirmó que el TCP falló por la prevalencia de convenios internacionales que consagran los derechos político electorales.
"Este fallo respeta y desarrolla plenamente la Constitución. El que el Tribunal Constitucional hubiera fallado de una manera diferente hubiera sido violar el artículo 256 de nuestro texto constitucional, hubiera sido inaplicar la Convención Americana de Derechos Humanos", subrayó Arce.
Según esa autoridad, el fallo del TCP tiene jurisprudencia en tres sentencias emitidas por los máximos tribunales de Justicia de Nicaragua (2010), Honduras (2015) y Costa Rica (2003).
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