Rentas y Canasta Familiar podrán cobrarse a partir de las 7 a.m.
Parada indicó que el objetivo es que los adultos mayores no se aglomeren, por lo cual recordó que la Canasta Familiar podrá ser cobrada en un plazo de 90 días y que la Renta Dignidad tiene vigencia de 12 meses.
El ministro de Economía, José Luis Parada, anunció que se amplió el horario de atención desde las 7:00 a.m para el cobro de las rentas Dignidad y de jubilación, además del bono “Canasta Familiar”, en el Banco Unión y otras entidades financieras, pensando sobre todo en la población de los adultos mayores.
“De 7 a 12, se amplía una hora más el pago para las personas de la tercera edad, todo lo que es jubilaciones, rentas y también la Canasta Familiar”, comunicó la autoridad en conferencia de prensa en Casa Grande del Pueblo.
Parada anunció que, además de la entidad financiera estatal, Banco Unión, otros bancos privados van a poder pagar también la Renta Dignidad y la Canasta Familiar.
“El Banco Unión, con el fin de optimizar la atención a las personas que realizan el cobro de la Renta Dignidad, Canasta Familiar o Rentas de Jubilación, determinó que la atención en todas sus agencias a nivel nacional será desde 07:00 a 12:00 hrs. a partir de este viernes 3 de abril”, confirmó el Ministerio, así como el mencionado establecimiento financiero en sus redes sociales
Parada indicó que el objetivo es que los adultos mayores no se aglomeren, por lo cual recordó que la Canasta Familiar podrá ser cobrada en un plazo de 90 días y que la Renta Dignidad tiene vigencia de 12 meses.
También solicitó que quienes vayan a cobrar cumplan la restricción de salidas por el número de carnet.
En los últimos días, en medio de la emergencia sanitaria por el coronavirus, se registraron largas filas en las afueras de las oficinas bancarias; la mayoría estaban compuestas por personas adultas mayores, que en algunos casos no pudieron alcanzar a cobrar sus beneficios por el horario de atención.
Los familiares de los adultos mayores también pueden cobrar las rentas a nombre del beneficiario. Para esto, deben presentar una carta en la cual el adulto mayor debe autorizar que se cobre a su nombre.
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