CC: "El nuevo Defensor del Pueblo no debe tener militancia política"
La alianza Comunidad Ciudadana (CC) planteó que los aspirantes a la Defensoría del Pueblo no tengan militancia política en al menos 10 años previos a su postulación y que el periodo de interinato, en reemplazo del titular, sea de tres meses como máximo.
La propuesta se encuentra contemplada en un anteproyecto de modificación de tres artículos de la Ley del Defensor del Pueblo que fue presentado el 14 de abril ante el posible proceso de selección de la nueva autoridad defensorial que se prevé realice este año.
En el documento, se plantea incorporar en el artículo 7, entre los requisitos de los aspirantes: “no pertenecer a ninguna organización política, ni tener militancia partidaria durante los últimos 10 años previos a su postulación”.
En el caso del parágrafo II, del artículo 13, sobre el reemplazo de la Defensora o Defensor del Pueblo e interino que recaería en uno de los delegados defensoriales será: “por un máximo de 3 meses, periodo en el cual se realizará un nuevo proceso de selección y designación de la Defensora o del Defensor de Pueblo, bajo responsabilidad del Órgano competente”.
El jefe de Bancada de CC en la Cámara de Diputados, Carlos Alarcón, afirmó que los tres meses es el tiempo “suficiente y razonable” para que se haga una convocatoria donde se pueda elegir a la nueva autoridad defensorial.
“Estamos en una situación de años de interinato no solamente en el caso de la Defensoría del Pueblo sino en otros altos cargos del Estado lo que conlleva a una desintitucionalización del Estado boliviano en perjuicio de los bolivianos que son los que deberían tener el mejor de estas altas instituciones estatales”, afirmó.
Nadia Cruz, actual defensora del Pueblo, se encuentra desde enero de 2019 en el cargo. La pasada Asamblea Legislativa había perfilado un nuevo proceso de selección, sin embargo, no hubo consensos por lo que continuó en el cago hasta la fecha.
En el artículo 8, se plantea modificar que el “el ejercicio del cargo de la Defensora o Defensor de Pueblo es incompatible con el desempeño de cualquier otra actividad pública, privada, filiación partidaria o sindical, son remuneración o sin ella, exceptuándose la actividad de docencia universitaria”.
El diputado Oscar Balderas afirmó que la propuesta “tiene el fin de incrementar la confianza en el ciudadano y ciudadana en sus instituciones así como garantizar la independencia e imparcialidad tanto en su accionar como en las decisiones que tome”.
En el anteproyecto de ley se incorpora el parágrafo III con: “el Defensor del Pueblo no podrá postular a cargos electivos durante los cinco años posteriores al cese de sus funciones”. Sobre este aspecto, el jefe de Bancada en Diputados, Carlos Alarcón, dijo que no puede ocurrir con el caso de Nelson Cox, defensor del Pueblo de Cochabamba.
“Como por ejemplo lo visto recientemente en el caso de Cochabamba, el defensor del Pueblo, apenas dejó la institución, trató de participar en un cargo político electoral con desigualdad y desventaja con relación a los otros candidatos que no desempeñan un cargo de tanta importancia para los derechos humanos”, añadió.
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