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¿Cuánto me corresponde cobrar de aguinaldo? Consulta fácilmente en la calculadora

El cálculo del pago del aguinaldo navideño puede ser por año laboral cumplido o por periodos menores, en este caso, su cancelación se realizará por duodécimas

hace 1 año(s)

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Se acerca Navidad y con ella el pago del aguinaldo. Este beneficio social corresponde a un mes de sueldo, salario o remuneración o total ganado (aquel pago al que no se descuenta nada).

El cálculo del pago del aguinaldo navideño puede ser por año laboral cumplido o por periodos menores, en este caso, su cancelación se realizará por duodécimas

El Ministerio de Trabajo recordó que para acceder a este pago el trabajador del sector público o privado debe haber trabajado de manera ininterrumpida mínimamente tres meses durante la gestión fiscal.

El aguinaldo de Navidad no puede ser cancelado en especies, su pago debe ser hasta el 20 de diciembre de 2023, en caso de no hacerse, el pago será doble. El beneficio no es susceptible de embargo judicial, retención, descuento por concepto de impuestos o aportes, renuncia, compensación o transacción, debiendo ser pagado en su integridad, de acuerdo a la proporción fijada por ley.



¿Cómo calcular su aguinaldo?

Para el cobro debe tomar en cuenta los siguiente: sume los tres últimos sueldos (total ganado) antes del pago del beneficio. En este caso son septiembre, octubre y noviembre. El total obtenido, para obtener el promedio, lo divide entre tres.

Con ese promedio lo vuelve a dividir entre doce para luego multiplicar por los meses trabajados. Es resultado es el monto del aguinaldo que deberá cobrar.

Ahora, si trabajó, por ejemplo, tres meses y 15 días el procedimiento cambia, pues ya no se trata de meses completos.

Entonces una vez que tenga el promedio lo va a dividir entre 360 días para luego multiplicar por los días trabajados. El resultado que obtenga es el aguinaldo a cobrar. 


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