Rodríguez Veltzé considera la prórroga de magistrados como ‘sombrío precedente’ que debilita la democracia
Rodríguez Veltzé señaló que la Declaración Constitucional 049/23 del TCP, mediante la cual dispone la prórroga, “resulta ilegítima e inconstitucional”.
El expresidente del Estado y de la Corte Suprema, Eduardo Rodríguez Veltzé, criticó la resolución del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de prorrogar el mandato de los magistrados, más allá del tiempo establecido mediante la Carta Magna.
“Sombrío precedente, desconoce al constituyente y debilita la democracia”, sentenció el exmandatario, mediante su cuenta de X.
Declaración Constitucional 049/23 que atiende consulta s. PL 144/22-23 sobre elecciones judiciales resulta ilegítima e inconstitucional.TCP no veló por la supremacía de la Constitución en control de constitucionalidad al demorar injustificadamente la atención de recursos y…— E. Rodríguez Veltzé (@erveltze) December 12, 2023
El mandato de los magistrados debía fenecer este 2 de enero, pero el TCP consideró que deben continuar en el cargo porque no existen aún reemplazantes electos por voto popular y no se puede suspender los servicios.
Rodríguez Veltzé señaló que la Declaración Constitucional 049/23 del TCP, mediante la cual dispone la prórroga, “resulta ilegítima e inconstitucional”.
El exmandatario consideró que el TCP demoró injustificadamente la atención de recursos y consultas que suspendieron el oportuno ejercicio de la función legislativa. En este caso, la Asamblea tenía paralizado el proceso de preselección de candidatos a magistrados justamente porque el Tribunal Constitucional trataba el tema.
Señaló también que el TCP coartó el derecho ciudadano de conformar el Órgano Judicial, al restringir la obligación del Estado de asegurar una justicia imparcial para ejercicio de derechos y libertades.
En criterio de Rodríguez Veltzé, el Tribunal Constitucional “excedió su competencia al ‘disponer’ prórroga de su propio mandato, expresamente limitado por la Constitución que sanciona con nulidad actos de quienes usurpan funciones fuera de la ley”.
Observó que tampoco los magistrados hayan reparado en advertir que sus propios intereses entraron en conflicto en este caso, lo cual está prohibido por la Constitución.
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