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Magistrado Orlando Ceballos: "El fallo que dispuso el congelamiento de regalías de lncahuasi tiene carácter de cosa juzgada y vinculante"

hace 7 año(s)

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El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, afirmó este miércoles que el fallo que dispuso el congelamiento de regalías de lncahuasi tiene carácter de “cosa juzgada y vinculante” y podrían proceder procesamientos disciplinarios y uso de la fuerza pública para quienes incumplan dicha sentencia.

Explicó que el descongelamiento de las regalías gasíferas del campo Incahuasi que pide Santa Cruz sólo podrá ser posible si se cumplen las dos condiciones que estableció el TCP en su sentencia, que se tenga un nuevo estudio técnico de delimitación y que determine si los reservorios son compartidos o no.

Ceballos dijo que la sentencia constitucional estableció que el desembolso de regalías debe suspenderse hasta que se tenga un nuevo estudio técnico que determine si los reservorios de gas son o no compartidos y la instancia que tiene que hacer cumplir esa resolución de carácter vinculante y obligatoria es el juez o tribunal que conoció esa acción de cumplimiento constitucional.



"Esa autoridad está embestida para tomar todas las decisiones y garantizar el cumplimiento de los fallos del Tribunal Constitucional Plurinacional; el mismo procedimiento dice que puede utilizar la fuerza pública, disponer procesamientos disciplinarios contra la autoridad que omita procedimientos e incluso denunciar ante el Ministerio Público", enfatizó.

Agregó que éstos recursos de las regalías estarán bajo custodia mientras no se cumplan las dos condiciones: que se efectúe el procedimiento de delimitación departamental en el marco de la ley de delimitación de unidades territoriales y la segunda condición es que se determine si los reservorios son o no compartidos.

“Si interpretamos la sentencia constitucional, ¿allá qué dice? Se efectúe el proceso de delimitación. La norma, por su alcance digamos de interpretación extensiva, no está señalando delimitación parcial, está señalando delimitación interdepartamental en el marco de las condiciones que establece la ley de delimitación de unidades territoriales y su decreto reglamentario”, aseveró.

Ceballos aclaró que su interpretación la hace a título personal.///


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