Víctor Borda:"Se debe reponer el proyecto destinado a suspender en forma inmediata a jueces y fiscales acusados por el delito de consorcio"
El presidente de la Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados Víctor Borda planteó la necesidad de reponer el proyecto de ley destinado a suspender en forma inmediata a jueces y fiscales acusados por el delito de consorcio, para facilitar sanciones penales contra estos malos operadores de justicia.
Borda se refirió así a la detención de la exJuez Primero Anticorrupción y Lucha Contra la Violencia de La Paz, Cinthia Delgadillo, quien fue enviada a detención preventiva, acusada de incurrir en ese tipo penal, junto a abogados que al parecer eran los encargados de redactar sentencia y resoluciones judiciales de su despacho.
Dijo que siempre hubo delitos de consorcio, donde los abogados incurre en delitos de corrupción con jueces y fiscales y por eso es que muchos litigantes que tienen razón en sus procesos, acaban perdiendo un juicio.
Indicó que anteriormente había una ley que fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional, fomentando la corrupción.
El asambleísta dijo que de nada sirvió elevar las penas en el Código Penal porque persiste el círculo vicioso, donde el fiscal no puede procesar al juez y viceversa, porque ambos están metidos en un delito de consorcio.
“Entre ellos se dan la mano”, declaró al advertir que ya no es posible admitir casos de consorcios, donde particulares manejan decisiones judiciales.
Considera que es necesario dotar de un mecanismo más efectivo para que sin vulnerar el principio de presunción de inocencia, si existen indicios contra un juez o un fiscales, estos puedan ser suspendidos del ejercicio de sus funciones para que no ejerzan influencia.
Indicó que hay procesos que implican a jueces y fiscales que están paralizados durante tres y cuatro años; pero si con la nueva ley son juzgados por este tipo de delitos, nunca más puedan ejercer la abogacía, porque en un proceso reciben penas benévolas y vuelven a ejercer la abogacía y reponen el sistema de consorcios, “haciendo llorar a mucha gente”.
De acuerdo al Artículo 174 del Código Penal, la jueza, el juez o fiscal que concertare la formación de consorcios con uno o varios abogados, o formare parte de ellos, con el objeto de procurarse ventajas económicas ilícitas en detrimento de la sana administración de justicia, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años.///
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