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Dejan decisión sobre horarios de circulación a municipios y limitan aforo de fiestas por Fin de Año

La Gobernación de Cochabamba emitió este martes el Decreto Gubernamental 4751 sobre las medidas de contención de la pandemia de coronavirus Covid-19

hace 3 año(s)

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La Gobernación de Cochabamba emitió este martes el Decreto Gubernamental 4751 sobre las medidas de contención de la pandemia de coronavirus Covid-19

La normativa fue emitida en base de los reportes del Servicio Departamental de Salud (Sedes) y las recomendaciones de la Sala Situacional. El decreto tiene vigencia de 30 días.

La norma señala que las alcaldías podrán implementar medidas restrictivas de control y monitoreo y podrán asumir acciones respecto al horario de circulación y control de actividades económicas diurnas y nocturnas, de acuerdo con los índices de alerta temprana y a los reportes del Sedes.

Los locales y restaurantes, centros de eventos, licorerías y otros deberán limitar su actividad a menos del 70% del aforo total. El consumo de bebidas alcohólicas debe ser limitado y bajo presentación de certificado de vacunación.

Además, las actividades deportivas y de recreación tendrán público al 50% de su capacidad, de acuerdo con la coordinación con su federación y portando el carnet de vacunación.



El transporte público deberá prestar sus servicios al 80% de su capacidad, sin pasajeros parados y con las medidas de bioseguridad.

Los mercados y vías públicas deben cumplir con las medidas de bioseguridad.

Las alcaldías deben realizar controles en coordinación con la Policía y toras instituciones.

Se debe intensificar las campañas de vacunación.

Los gobiernos autónomos municipales podrán incluir otras medidas y restricciones considerando el nivel de riesgo y sus competencias.


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