Aprehendidas hermana y la madre de feminicida serial
La madre y la hermana están acusadas de complicidad porque según las autoridades, no es posible que el asesino pudiera enterrar los cuerpos de dos personas en el domicilio que habitaban junto con sus familiares.
La madre y hermana del feminicida serial por un lado y dos funcionarios del Juzgado Primero de Ejecución Penal, son las cuatro primeras aprehensiones que practicó la Fiscalía de La Paz dentro de este caso.
“La madre y la hermana del ahora imputado (Richard Choque) han sido aprehendidas por el delito de trata y tráfico, vamos a ver posteriormente a sus declaraciones el imputar y llevarlas ante el juez para que decida su situación jurídica”, declaró la fiscal, Sarina Guardia.
El 25 de enero la Policía informó que luego de recapturar a un condenado por feminicidio, este reveló que había asesinado a dos mujeres y vejado a otras 77, lo que destapó un escándalo judicial que hasta el momento ya tiene detenido al juez que liberó al asesino y ayer ya se practicaron las primeras aprehensiones.
Cómplices
La madre y la hermana están acusadas de complicidad porque según las autoridades, no es posible que el asesino pudiera enterrar los cuerpos de dos personas en el domicilio que habitaban junto con sus familiares, lo que hace presumir que hubo complicidad para que el asesino siga impune.
En el caso de los funcionarios, se trata del exsecretario de este tribunal, Raúl G.O., y la trabajadora social; el primero era el filtro que debía pasar el asesino para solicitar su libertad condicional. Los informes médicos, la situación dentro del penal de Richard Choque, la condena que tenía de 30 años sin derecho a indulto, todos los detalles pasaban por las manos del secretario del juzgado, él tenía la obligación de verificar todos los datos ante el pedido del asesino.
Mientras que la trabajadora social debía supervisar y reportar el cumplimiento de la detención domiciliaria de Richard Choque, cuando este logró el beneficio. El Tribunal dispuso que Choque debía presentarse una vez al mes, ante el Órgano Jurisdiccional; tenía prohibido cambiar de domicilio; también estaba prohibido de cometer delitos y debía someterse a tratamiento médico.
“Se advierte al beneficiario que, ante el incumplimiento de las reglas de conducta impuestas, el beneficio puede ser revocado y disponerse que cumpla el resto de su condena en un establecimiento penitenciario. Estas reglas de conducta serán controladas por la Sra. Trabajadora Social del Juzgado de la causa, quien debe elevar un informe sobre el cumplimiento de las condiciones cada 3 meses”, refiere la resolución 890/2019 que liberó al feminicida.
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