Describen tres impedimentos para tres precandidatos a Defensor del Pueblo
Los requisitos 16, 17 y 18 regulan la participación de candidatos y servidores públicos
Las ex diputadas del MAS, Lidia Patty y Susana Rivero, y el ex candidato a diputado, Jesús Vera; chocan contra los requisitos que exige el proyecto de reglamento para la elección del nuevo Defensor del Pueblo. Un analista declaró que la sola presencia de estos precandidatos ya manchó todo el proceso que era visto como una esperanza, ante la imposibilidad que tiene el MAS para conseguir los dos tercios necesarios para designar a una nueva autoridad en ese cargo.
“No pueden ser candidatas aquellas personas que hayan desempeñado algún cargo en la administración pública y me parece que un simple certificado del Tribunal Supremo Electoral no debiera ser suficiente para identificar a los activistas de un determinado partido”, dijo, Paul Antonio Coca, un abogado especialista en temas electorales.
La Asamblea tiene en sus manos la aprobación de dos documentos: la convocatoria a elección del Defensor y el reglamento de esa selección. Hasta el momento no se logró el objetivo y existen reparos de los opositores a la forma cómo se debe elegir a los candidatos.
Los requisitos
El requisito 16 indica que los postulantes no deben “haber sido dirigentes de organizaciones políticas, candidatas o candidatos a cargos electivos en los últimos ocho años”. Las ex diputadas fueron candaditas y fueron electas en el periodo constitucional 2014-2020, por tanto, quedarían excluidas.
La misma prohibición alcanzaría al controvertido exdirigente Jesús Vera, quien fue candidato a diputado por el MAS en las frustradas elecciones de 2019, aunque el aludido afirma que al anularse esa elección también queda nula su participación.
El requisito 17 señala que los postulantes no deben tener militancia en alguna organización política al menos ocho años antes del momento de la postulación. Paul Antonio Coca dijo que en este punto no debería ser válido el certificado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), puesto que de los precandidatos se conoce una clara inclinación política, aunque no figuren como militantes.
El requisito 18 establece que los candidatos no deben haber sido servidores públicos designados en cargos de ministros, viceministros, embajadores o secretarios de los gobiernos subnacionales, en los últimos ocho años. Susana Rivero, figura como personal del Ministerio de Gobierno desde diciembre de 2021.
Finalmente, el parágrafo VI del artículo 9 del reglamento, advierte a los que pretendan presentarse a esta elección, "que no cumplan los requisitos deberán abstenerse de postular”.
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