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Niegan solicitud de aborto por malformación congénita de feto en mujer que corría riesgo de vida

hace 6 año(s)

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La Defensoría del Pueblo inició un proceso investigativo por el incumplimiento a una solicitud para la interrupción legal de un embarazo por malformación congénita del feto, que ponía en riesgo la vida de la persona gestante.

El caso fue dado a conocer por el Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, quien indicó que la denuncia fue presentada por una ciudadana de la población cochabambina de Villa Tunari y quien refirió que cursaba un embarazo en el que le diagnosticaron una malformación en la cabeza del feto, que no tenía ni cerebro.

Ante este informe médico y con la información de que se podía solicitar la interrupción legal del embarazo, en aplicación de la Sentencia Constitucional Nº 206/2014, la mujer tomó la decisión y junto a su esposo recurrió a la Caja Nacional de Salud de Sucre, cita un comunicado de prensa de la Defensoría.

Según el Defensor, la mujer habría sido internada por casi 10 días en el Hospital “Dr. Jaime Mendoza”, donde los médicos habrían confirmado el diagnóstico indicando que el ser en gestación no tenía probabilidades de vivir y que en cualquier momento moriría.



Ante esa confirmación de diagnóstico, la persona gestante y su esposo formalizaron la solicitud de la interrupción del embarazo. Sin embargo, de acuerdo a la denuncia, el ginecólogo de ese nosocomio se negó a realizar el procedimiento y convocó a una junta médica, que determinó que para interrumpir el embarazo requerían de una autorización judicial o, en su caso, debía continuar con la gestación.

Pero la afectada ya tenía 21 semanas de embarazo y de continuar en ese estado, se ponía en riesgo su vida, porque el feto podía morir en su vientre y producirse una infección.

Frente a esa circunstancia, la gestante pidió alta médica para acudir a otro hospital y en fecha 28 de febrero de 2018 fue atendida en el Hospital Gineco Obstétrico "Dr. Jaime Sánchez Pórcel", donde los médicos finalmente interrumpieron su embarazo en el marco del Reglamento Técnico de Aplicación de la Sentencia Constitucional 206/2014 en los Centros de Salud Pública.

“La Defensoría del Pueblo recuerda el cumplimiento de deberes, de disposiciones constitucionales y determinaciones del ente rector por parte de profesionales médicos, quienes menoscaban los derechos de las mujeres, por lo que se continuará con la investigación defensorial que podría determinar responsabilidades para los profesionales médicos denunciados”, manifestó el Defensor.///


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