AASANA da cumplimiento al Decreto Supremo N°4528, sobre la cancelación de obligaciones a sus trabajadores
En junio pasado, luego de llegar a un acuerdo con los trabajadores de AASANA, se emitió el Decreto Supremo N°4528 que tiene por objeto crear un Fondo Rotativo, asignando un monto de Bs. 83.848.329 a favor de AASANA.
Se cumple a cabalidad lo estipulado en el Decreto Supremo N°4528, sobre la creación de un Fondo Rotatorio para la cancelación de obligaciones en sueldos, aguinaldos y previsiones sociales para los trabajadores de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA), indicó, este jueves, el ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Edgar Montaño.
De acuerdo a la autoridad, 140 trabajadores de AASANA se acogieron voluntariamente al proceso de jubilación; en esta etapa se erogó Bs. 43.450.084 quedando pendiente otras 80 personas que realizarán este mismo procedimiento.
“Estamos haciendo cumplir el Decreto Supremo N°4528 que crea el Fondo Rotatorio y nos instruye al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, además de AASANA, para que se pueda realizar la reestructuración”, dijo el Ministro.
Para la autoridad, son noticias alentadoras, toda vez que se está resguardando los derechos de todos los trabajadores de AASANA.
“Hemos cumplido con el Decreto Supremo y los acuerdos que arribamos en su momento con los hermanos de Fenta”, recordó el Ministro cuando en junio pasado, se trabajó de forma conjunta con los trabajadores de AASANA.
“Creemos que el dialogo, la mesa de trabajo, tienen funciones importantes”, dijo Montaño al resaltar que se están respetando los derechos de cada trabajador, además de contar con la fiscalización del Ministerio de Trabajo.
En junio pasado, luego de llegar a un acuerdo con los trabajadores de AASANA, se emitió el Decreto Supremo N°4528 que tiene por objeto crear un Fondo Rotativo, asignando un monto de Bs. 83.848.329 a favor de AASANA.
Los recursos del Fondo Rotativo se destinarán al pago de obligaciones correspondientes a sueldos, aguinaldos y previsiones sociales conforme a escala salarial y gastos emergentes de la reestructuración organizacional de la entidad, para dar continuidad a las actividades del sector aeronáutico, señala la norma.
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