Defensoría del Pueblo advierte que posibles clausuras de radios comunitarias serían ilegales
La Defensora recordó que la CIDH estableció la importancia de las radios comunitarias dentro de un Estado, por permitir el goce y ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, advirtió que una eventual clausura de las radios comunitarias sería un acto ilegal y que las declaraciones del Ministro de Gobierno, Arturo Murillo, en sentido de que habría que clausurarlas, se convierten en un amedrentamiento directo en contra de ellas.
“Las declaraciones de esta autoridad gubernamental resultan un amedrentamiento directo en contra de todas las radios comunitarias que funcionan en el territorio nacional, que dan cobertura a dirigentes políticos o campesinos ajenos a la línea política del actual Gobierno. Se hace notar que una eventual clausura de estos medios de comunicación por ese motivo, resultaría un acto ilegal”, indicó la Defensora.
En declaraciones a radio Fides, luego de atentados a tres torres de comunicación en Yapacaní, Ichilo y San Julián, el ministro Murillo dijo: “La vía que utilizan para esto son los comunicados mediante Kawsachun Coca, por las radios comunitarias (…). Estas radios como RKC soliviantan la violencia, el terrorismo, la sedición; esas radios deberían ser clausuradas”.
La Defensora recordó que la CIDH estableció la importancia de las radios comunitarias dentro de un Estado, por permitir el goce y ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Por esta razón, dijo, el organismo internacional instó a los estados a adoptar medidas positivas que les permitan tener un mayor alcance.Además, señaló que el organismo internacional indicó que la regulación estatal debe crear un marco en el cual sea posible el más amplio, libre e independiente ejercicio de la libertad de expresión.
“Es pertinente considerar que toda restricción de derechos, como el de libertad de opinión, en caso de una intervención arbitraria de una radio comunitaria como ha sugerido el Ministro Murillo, debe realizarse dentro del marco de la legalidad”, apuntó Cruz, al añadir que “una limitación al ejercicio del derecho a la libertad de expresión, debe estar establecida en forma previa y de manera expresa, taxativa, precisa y clara en una ley, tanto en el sentido formal como material”.
Aclaró que según la definición de la Corte Interamericana, en la Opinión Consultiva OC-6/86, “leyes” no significa cualquier norma jurídica, sino aquellos actos normativos generales adoptados por el órgano legislativo constitucionalmente previsto y democráticamente elegido.
En enero de 2020, recordó la Defensora, el Ministerio de Comunicación decomisó aparatos de la radio Kausachun Coca.
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