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Senadores: el TSE está imposibilitado de abrir listas de candidatos porque necesita de una ley

“Las etapas y resultados de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, no se revisarán ni se repetirán”.

hace 4 año(s)

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) está imposibilitado de abrir las listas de candidatos a la presidencia, vicepresidencia, senadores y diputados para las elecciones previstas para el domingo 6 de septiembre, debido a que necesita de una ley aprobada en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para una nueva reinscripción de postulantes, afirmaron los senadores Noemí Díaz Taborga y Omar Aguilar.

Ambos legisladores, por separado, coincidieron en señalar que la Ley 026 de Régimen Electoral no le permite al Tribunal Supremo Electoral realizar cambios en las alianzas políticas ni la reinscripción de candidatos al Legislativo, donde el principio de preclusión determina que no pueden ser repetidas las actividades ya efectuadas en el Calendario Electoral, es decir, se debe continuar solo con las diligencias que no se realizaron.

“Se respetaría el principio de preclusión, porque ya es un proceso avanzado, ya está la planificación avanzada que ellos realizaron (TSE), faltaría solo la etapa de culminación (…) por tanto el TSE y la norma no permitirían hacer acuerdos de nuevos binomios, ya no se podría hacer eso, salvo que sea con el consenso de una ley. Ahora estamos en otra etapa, la etapa de inscripción de candidatos ya pasó; solo se abriría la inscripción de jóvenes de 18 años, es para lo único que se abriría el Padrón Electoral”, dijo la legisladora, Noemí Díaz Taborga. 



Por su parte, Aguilar señaló que el TSE no puede modificar arbitrariamente el Calendario Electoral y, de hacerlo, tendría que ser a través de una ley que sea aprobada por la ALP: “Va a haber una continuidad al Calendario Electoral, únicamente se conoce que el Tribunal Electoral anunció la inscripción para jóvenes que cumplan 18 años hasta el 6 de septiembre; se abrió esta posibilidad para no restringir derechos políticos”.

El principio de preclusión está incluido en el inciso k del artículo 2 la Ley 026 del 30 de junio del 2010 del Régimen Electoral, que señala: “Las etapas y resultados de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, no se revisarán ni se repetirán”.

La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó el 9 de junio, con más de dos tercios de votos, la Ley 691 que modifica la norma de Postergación de las Elecciones Generales 2020, y establece que los comicios nacionales se realizarán hasta el domingo 6 de septiembre próximo, por lo que el TSE deberá presentar esta semana el Calendario Electoral ajustado.
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