Defensoría del Pueblo identifica en la ASFI ausencia injustificada de servicios de atención a los ciudadanos
Al respecto, el Delegado Defensorial Departamental, Nelson Marcelo Cox Mayorga, cuestionó la insuficiente prestación de servicios de la ASFI
La Defensoría del Pueblo en Cochabamba tras un verificativo en la Oficina Departamental de Cochabamba de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), develó ausencia injustificada de servicios de atención de consultas y reclamos, así como de atención de retenciones y suspensiones en temas bancarios ante las Entidades de Intermediación Financiera (EIF), situación que perjudica a la población como usuarios de servicios financieros.
Al respecto, el Delegado Defensorial Departamental, Nelson Marcelo Cox Mayorga, cuestionó la insuficiente prestación de servicios de la ASFI que no es ni oportuna, ni integral ante las serias dificultades financieras detectadas como consecuencia de la pandemia. “Las denuncias o reclamos de un ciudadano si bien son recibidas por la ASFI en Cochabamba, simplemente las remite a su oficina nacional, a través de la Defensoría del Consumidor Financiero, para su tramitación análisis, dejando de lado una acción proactiva de operaciones regulatorias y de supervisión de los servicios financieros que debería existir ante la cuarentena por la pandemia”, manifestó la autoridad defensorial.
Cox Mayorga remarcó que en estos tiempos de COVID-19, la oficina central de la ASFI debería establecer junto con sus oficinas departamentales cronogramas de verificación ante las EIF, que permitan un control, supervisión y regulación de los servicios que prestan, principalmente al cumplimiento del pago de la Renta Dignidad, Bono Canasta Familiar (Personas Adultas Mayores, madres que reciben el Bono Juana Azurduy y Personas con Discapacidad), Bono Familia y Bono Universal, donde se evidenciaron largas filas de personas que requieren efectivizar estos beneficios. “Accionar que se enmarcaría en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 393 de Servicios Financieros y los Decretos Supremos reglamentarios, máxime en garantía y cumplimiento de los derechos de los usuarios, que deben ser defendidos por la Defensoría del Consumidor Financiero, lo contrario en favorecer directamente a los Bancos en desmedro del ciudadano”, acotó.
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