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Juristas: La única vía para procesar a Añez es el juicio de responsabilidades

Los especialistas respondieron de esa forma al ministro de Justicia, Iván Lima, quien dijo que si no hubiera la posibilidad de enjuiciar a Añez por esa senda, “hay caminos constitucionales procesales”.

hace 4 año(s)

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 Juristas indican  que la única vía legal y constitucional para procesar a Jeanine Añez es a través de un juicio de responsabilidades, a menos que se decida violar la Constitución Política del Estado (CPE).

“El único competente para sancionar y encarcelar a un expresidente –según el artículo 184 de la CPE y la Ley 044– es la sala plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). No hay posibilidad constitucional ni jurídica si no hay un proceso en el Tribunal Supremo de Justicia”, explicó el constitucionalista José Luis Santistevan.

El jurista afirmó que el proceso ordinario que se lleva contra Añez  “es nulo de pleno derecho, porque ni un fiscal ordinario ni un juez pueden encarcelar a Añez sin caso de corte y juicio de responsabilidades”.

Días atrás, el ministro de Justicia Iván Lima afirmó en conferencia de prensa que en caso de que la Asamblea Legislativa no apruebe -con dos tercios de votos- un juicio de responsabilidades contra Añez, “hay caminos constitucionales procesales para dar a las víctimas el derecho a la justicia”.

El abogado Juan del Granado afirmó que “no existe otra vía” para procesar a Añez, “salvo que se decida seguir violando la CPE, el debido proceso y todas las garantías constitucionales, legales y procesales, que es eso lo que está anunciando el ministro Lima”.  
Del Granado observó la forma en como está procediendo el Gobierno: inició procesos a la misma persona por los mismos hechos más de una vez, violando el artículo 117 de la CPE.  

“Es lo que el MAS está haciendo con la expresidenta Añez, cuando, por un lado, la denuncia ante la justicia ordinaria por la comisión de los delitos de ‘sedición, conspiración y terrorismo’ y, seguidamente, el Ministro de Justicia promueve juicios de responsabilidad ante el Fiscal General y el TSJ por presuntos delitos cometidos por Añez como presidenta del ‘gobierno de facto’ resultante de esas supuestas sedición y conspiración”, explicó Del Granado.



Para el analista y jurista Paúl Coca, “la figura del juicio de responsabilidades es la única para procesar a expresidentes por acciones u omisiones que hayan realizado en ejercicio de sus funciones como establece la Ley 044”.

Observó también que en caso de  que el Ejecutivo decida acudir a instancias internacionales, no podría hacerlo por el discurso confrontacional que maneja contra los organismos internacionales. “El Gobierno se está metiendo solito en una camisa de 11 varas, porque  cuestiona a organismos internacionales, indicando que están en su contra y que han avalado un supuesto golpe de Estado”.

Santistevan dijo que  los procesos ordinarios interpuestos en contra de Añez violan el texto constitucional, por lo cual  fiscales, jueces y autoridades que  los impulsan   “deberán responder”.

Página Siete acudió al Ministerio de Justicia en busca de conocer acerca de los “otros caminos constitucionales”, mencionados por el ministro para procesar a Añez. Sin embargo, no obtuvo respuesta.

Juicios ordinarios y el  “caso de corte”

El Ministerio Público puede realizar un juicio ordinario contra las exautoridades que no gocen de “caso de corte” y de procedimiento constitucional, como es el caso de exministros o exfuncionarios  de rango más bajo, dijo el abogado José Luis Santistevan. 

En caso de que se acuda a organismos internacionales para procesar a Añez,  aseguró el especialista, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos o la Corte Penal Internacional,  “son tribunales serios que no aguantarían ni siquiera una demanda y se van a dar cuenta en qué estado putrefacto está el Gobierno, el Órgano judicial y la Fiscalía General del Estado”.


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