Senado sanciona Ley para que clínicas privadas atiendan gratuitamente a pacientes con coronavirus
En la disposición final se precisa que las personas que opten por acudir directamente a las clínicas privadas “deberán acordar con los servicios privados de salud los costos y condiciones en el marco de la libertad contractual”.
El pleno de la Cámara de Senadores sancionó, la noche de este miércoles, la Ley Transitoria para que las clínicas privadas atiendan gratuitamente a pacientes con coronavirus.
La norma, que fue modificada en la Cámara de Diputados, fue debatida este miércoles y por unanimidad se determinó aprobar los cambios realizados, con lo que se garantiza que los pacientes de Covid – 19 que no pueden ser atendidos en el subsistema público sean transferidos – a costo del Estado – a las clínicas privadas.
La Ley de cuatro artículos, una disposición final y una disposición transitoria; establece que los establecimientos médicos en todos sus niveles “deberán atender obligatoriamente y sin dilación alguna a todas las personas que sean referidas por el subsector público” a fin de ser diagnosticadas, atendidas o tratadas por coronavirus Covid – 19 acorde a los protocolos de bioseguridad.
También indica que el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado estará a cargo del reembolso a las clínicas privadas, considerando “el precio real en el que se haya incurrido y demostrable de forma documentada”, para ello se deberá aprobar un reglamento a cargo del Ministerio de Salud, en un plazo de cinco días.
El nivel central del Estado podrá compensar o reembolsar los costos de la atención con la dotación de medicamentos, insumos y/o equipos para el tratamiento, mientras que las clínicas privadas tienen la obligación de dar a conocer la evolución de los pacientes que sean referidos.
Como fuentes de financiamiento para la atención gratuita de los pacientes de Covid – 19, la norma indica que pueden ser utilizados los recursos establecidos en la Ley 602 de Gestión de Riesgos, los créditos y donaciones externas e internas.
En la disposición final se precisa que las personas que opten por acudir directamente a las clínicas privadas “deberán acordar con los servicios privados de salud los costos y condiciones en el marco de la libertad contractual”.
La Ley Transitoria para Garantizar la Atención y Tratamiento por Parte del Subsector Privado de Salud Durante la Emergencia Sanitaria Producida por el Coronavirus Covid – 19 fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
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