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Impuesto a la riqueza previsto por Arce ya rige en 10 países

Uruguay grava el patrimonio neto de personas con una tasa que va de 0,4% a 1,5%. Colombia grava con 1% los patrimonios por encima de $us 1,5 millones.

hace 4 año(s)

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El presidente electo  Luis Arce anunció que una de las  primeras medidas de su gestión de gobierno será  la puesta en vigencia de un impuesto a la riqueza, que actualmente  se aplica en una decena de países en el mundo.

No se conocen los detalles de la propuesta ni la alícuota, pero el exministro de Economía adelantó que ese impuesto se aplicará a patrimonios personales de entre cinco y 10 millones de dólares. 

El Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), en un documento de trabajo reciente, señala que el Impuesto a la Riqueza (IRI), que grava el patrimonio personal de las personas naturales, se da escasamente en el mundo. 

Se  exige en España, Francia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Suiza,   Argentina, Colombia, Guyana y  Uruguay.  

Según el CIAT las recaudaciones por IRI son muy poco significativas. El único país que tiene cifras algo más representativas es Suiza (1% del PIB en 2015). 

Las tasas son moderadas. El nivel más elevado se alcanza en España con la máxima de 2,5% a partir de un patrimonio de 12,2 millones de dólares, pero todos los demás países se sitúan en tasas de al menos un 40% inferiores. De modo que la tasa máxima en los restantes países no sobrepasa el 1,5%.

Según un estudio de la Cepal publicado por BBCMundo   en los países de la región, este impuesto tiene estas características: 

Uruguay

Llamado Impuesto al Patrimonio (IPAT), grava el patrimonio neto de personas naturales y jurídicas localizadas en Uruguay.

Incluye activos como dinero en efectivo, metales preciosos, créditos a favor del contribuyente, vehículos, inmuebles, casa habitación y muebles. Para personas físicas y núcleos familiares residentes en Uruguay va del 0,4% al 0,7%. Para  no residentes va de 0,7% a 1,5%.

Colombia

Se grava el patrimonio neto localizado en Colombia de personas naturales y jurídicas.

Se calcula tomando el patrimonio total bruto menos las deudas. Incluye los bienes en el exterior y la versión actual de la ley aplica desde 2019 a 2021.

Tiene una tasa única de 1% para los patrimonios netos superiores a 1,5 millones de dólares.

El bien exento es la primera vivienda del contribuyente por un valor de hasta 140.500 dólares.



Argentina 

Con el nombre de “Impuesto a los bienes personales”, grava el patrimonio bruto de personas naturales y jurídicas localizadas en Argentina.

  Para los bienes en el país la tasa impositiva va desde 0,5% hasta 1,25%. Para los bienes en el exterior varía entre el 0,7% y el 2,25%. Incluye entre los bienes exentos la vivienda del contribuyente por un valor de hasta 300 mil dólares, los saldos de plazos fijos y cajas de ahorro.

Para el economista Rolando Morales este es un impuesto de difícil aplicación en la medida en que el Estado no cuenta con registros de ingresos o patrimonio de sus ciudadanos. Incluso si lo tuviera, posiblemente permitiría una baja recaudación acompañada de muchos problemas (por ejemplo, evasión).

El gerente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC)  Gustavo Jáuregui  sostuvo que no se conocen las característica de este nuevo impuesto, pero no sería una medida acertada en la actual coyuntura en la que están  el mundo y el país.
Añadió que  la delicada situación económica por la que atraviesa el país debido a  la pandemia de la Covid- 19 afectó  la sostenibilidad y continuidad de las actividades económicas en el país y como  consecuencia ha repercutido en las finanzas públicas, que en parte dependen de los ingresos generados a partir de los tributos.

“Las políticas para avanzar en la  reactivación económica y del empleo en Bolivia deberían tender a generar un clima propicio para la inversión, permitiendo mayor dinámica en la economía que a su vez repercuta en mejores indicadores de empleo”, dijo.
Además, en su criterio, cualquier medida que  vaya dirigida a un sector de la sociedad, debería ser analizada para evaluar la viabilidad.  

“Más allá de las características de este posible nuevo tributo y considerando las premisas antes mencionadas, en ningún caso sería una medida acertada en esta coyuntura por la que atraviesan el mundo y la región en general y nuestro país en particular”, observó Jáuregui.

El analista tributario  Jaime Rodrigo explicó que en Bolivia no se tiene  la información suficiente como para saber si un impuesto de esa naturaleza tendría efectividad. 

Para su aplicación se precisa  contar con una base de datos sobre el crecimiento patrimonial de las personas, pero en un medio donde no se cuenta con el impuesto a las personas, es muy difícil pretender gravar solamente a los que tienen mayor riqueza. 

Lo segundo es hacer acuerdos con otras jurisdicciones para intercambio de información, ya que los capitales tienen a emigrar a países de baja tributación;  por ello su utilización no puede ser sino temporal y muy circunstancial. Precisamente este es un tema muy difícil porque a la par que se ponen controles, las formas de elusión también se amplían y  por ello los países hoy procuran implementar con más fuerza los mecanismos de transparencia fiscal.  

Un experto, que prefirió no dar su nombre, advirtió que este impuesto puede generar una doble tributación, ya que al comprar un bien inmueble para generar un patrimonio propio, ya se pagan impuestos. Además puede  provocar informalidad, ahuyentar inversiones y no hay un impuesto   a la renta física de las personas que podría ayudar a controlar el aumento de ingresos.

Argentina  busca aumentar la presión a ricos con otro tributo

MillonariosEl nuevo impuesto a la riqueza que se debate en Argentina no se aplicará a empresas, sino sólo a personas  que tengan una declaración de bienes personales superior a 200 millones de pesos (cerca de tres millones de dólares) al 31 de diciembre de 2019, reportó France24. 

Ingresos Carlos Heller, diputado nacional del  oficialista Frente de Todos, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación y uno de los autores del proyecto, explicó,  cuando se inició el debate, que se trata de “un gravamen por única vez, orientado a las grandes fortunas de la Argentina, a las personas y no a las empresas, y destinado a mitigar los efectos de la pandemia”. Es decir, tendrá destino específico, como la compra de material sanitario y otros gastos vinculados con la emergencia causada por la pandemia.

Alcance El diario La Nación, el 27 de octubre, al referirse a la aprobación en la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados del proyecto de impuesto a las “grandes fortunas”, señaló en un editorial que  el tributo alcanzaría a aproximadamente 9.300 potenciales contribuyentes cuyo patrimonio supera los 200 millones de pesos. Considerando la alícuota máxima del 5,25% del potencial impuesto a la riqueza, que se aplicaría sobre el total de bienes personales superiores a los 3.000 millones de pesos, se llegaría hasta un 7,5% de impacto anual sobre el patrimonio, incluyendo la doble imposición tributaria sobre una misma base de bienes personales,

Página Siete


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